1. Precio fijo del libro en Colombia.


Ver: 

https://cerlalc.org/socializacion-del-anteproyecto-de-ley-sobre-el-precio-unico-de-los-libros/


2. Derechos de autor y regalías para creadores y ejecutantes de creaciones artísticas.


Garantizar los derechos de autor-regalías de escritores, guionistas, actores, músicos, bailarines, entre otros, cuando las obras sean de nuevo emitidas, reproducidas, prensadas, publicadas, vendidas en nuevos soportes editoriales, radiales, televisivos, internet o metaverso. Por ejemplo, hoy las regalías para un creador (guionista) o actor (Ejecutante de una obra dramática para cine, serie,  sí se extienden cuando las obras son vendidas a otras latitudes o formatos.  Pero las condiciones para otros creadores en otras disciplinas son distintas: se considera que con la paga por la primera vez del uso de la creación cedida,  en el futuro, un bailarín, por ejemplo, no debería percibir ningunas regalías si su actividad de danza es vendida y reproducida en medios digitales, televisión, entre otros. Con todo lo malo y defectuoso de puede ser OSA (Organización Sayco Acinpro), ellos sí entregan regalías a los músicos y compositores por las reproducciones de sus creaciones. No sólo reciben el pago por haber cantado o compuesto una vez, sino que siguen recibiendo dinero del provecho que otros sacan de sus creaciones en establecimientos físicos, eventos o plataformas digitales. Igual que ha logrado ACA (Asociación Colombiana de Actores) con la ley del actor Ley 1975 de 2019, es que se esperaría que se de una legislación aglutinante que cobije a todos los creadores en diversos medios y disciplinas para que sus réditos vayan más allá de un pago inicial cuando se reproduzcan o se repita la emisión de sus obras en merchandising o en nuevos medios.


3. Convocatorias culturales municipales, departamentales, distritales y nacionales (Mincultura)


Las convocatorias deberían tender a la sencillez en su postulación y requisitos. La aplicación debería estar abierta por vías físicas y digitales. Se debe garantizar una rotación continua de ganadores de las convocatorias y sus jurados. Además, de velar por la calidad de las obras o actividades hechas por parte de los ganadores de las convocatorias. Reducción de la cantidad de informes de ejecución por parte de los ganadores a uno o dos informes de ejecución: uno a mitad de camino y uno al final. Si en el informe y verificación de mitad de camino se perciben fallas, estas se podrían enmendar o cancelar las actividades por omisión.


4. Actividades culturales y patrimonio nacional de Colombia.


Garantizar la continuidad de actividades folclóricas, culturales y de conservación del patrimonio físico e intangible. Muchas revistas, festivales artísticos, edificios o tradiciones están siempre con una sombra de incertidumbre. Por medio de legislación-decretos y presupuesto, seguro se puede garantizar la continuidad de las actividades culturales en toda Colombia y la conservación de lo patrimonial.


5. Producción sostenible artística


Las industrias creativas deben comenzar y terminar procesos en que sus actividades y obras se hagan con el mínimo de daño a la naturaleza. Por ejemplo, la industria del libro y las comunicaciones impresas debe hacer sus productos con buenas fuentes de pulpa celulosa. Los artistas plásticos y hasta directores de cine, deben tender hacia el uso de energías renovables y pigmentos y demás productos reciclables o biodegradables. La energía que usen los artistas y los materiales de buenas fuentes serán incentivados con apoyos económicos o exenciones tributarias.


6. Desarrollo amplio en nuevos medios; cultura digital como el metaverso,  economía NFT, realidad aumentada y literatura electrónica.



Juan Pablo Plata Figueroa. lamovida@gmail.com


Escritores por el Pacto Histórico. Bogotá.